
Los nuevos gravámenes se aplicarán con carácter retroactivo desde principio de año.
Esto significa que por un lado, en la nóminas de julio a diciembre se retendrá según la nueva modificación y, por otro lado, se añadirá a estas nóminas la diferencia que resulte de aplicar la retención de enero a julio.
Esta medida se aplica por tramos según la cantidad de ingresos a percibir en el año por el trabajador:
- Para los que ganan hasta 12.450 €/año, el tipo se reduce del 20% al 19,5%: puede suponer por ejemplo, unos 5 euros anuales.
- Para los que ganan de 12.450 a 20.200 €/año, el tipo se reduce del 25% al 24,5%: puede suponer unos 4,6 €/mes
- Para los que ganan de 20.200 a 35.200 €/año, el tipo se reduce del 31% al 30,5%: puede suponer 8,5€/mes
- Para los que ganan de 35.200 a 60.000 €/año, el tipo se reduce del 39% al 38%: puede suponer un 365€/año
- Para los que ganan a partir de 60.000 €/año, el tipo también se reduce un punto, del 47% al 46%: puede suponer una subida anual de 760 €/añoLa AEAT, ha publicado hace unos días una herramienta para calcular las retenciones a partir del día 12 de Julio o 1 de Agosto. . Se calcula según la situación personal, incapacidad, hijos a cargo etc.. Programa AUTOCÁLCULO AEAT
PARA LOS AUTÓNOMOS los grandes olvidados:
LA RETENCIÓN PASA DEL 19% AL 15%. Y si eres autónomo de menos de 3 años de actividad pasa del 9% al 7%.
Espero que TE PUEDA SERVIR
Hola, te quiero hacer una consulta. Estoy cobrando el subsidio por desempleo, me ofrecen trabajo días sueltos, 2 quizá 3, como afecta esto al subsidio y a mi vida laboral.Gracias
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