martes, 14 de julio de 2015

VIAJEROS CON MOVILIDAD REDUCIDA



Si viajas con una persona con problemas para caminar  Te PUEDE SERVIR conocer los derechos que tienen los viajeros con movilidad reducida:

  • Derecho a usar todos los medios de transporte y asistencia gratuita
  • En avión: comunicar la ayuda en 48 horas antes del vuelo, No pueden denegar el embarque. Asistencia gratuita al embarcar, desembarcar y durante el vuelo (no dán comidas ni medicamentos).
  • En tren: comunicar ayuda necesaria 48 horas antes. No pueden denegar el embarque. Asistencia gratuita al bajar y subir del tren. 
  • Autobus: comunicar ayuda 36 horas. No pueden denegar compra billetes. Asistencia gratuita. Si son recorridos de más de 250 km la empresa debe permitir que viaje contigo gratuitamente una persona de tu elección si así se resuelven problemas de seguridad que de otro modo te impedirían viajar.
  • Barco: no te pueden negar embarcar. Asistencia gratuita. Posibilidad de que por motivos de seguridad exija la compañía que un acompañante para el viajero de movilidad reducida (entonces éste viaja gratis).


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